India y el Uruguay en el 08 de septiembre 2011 firmó un acuerdo de evitar la doble tributación que ayudaría a impulsar el flujo de comercio, la inversión y la tecnología entre los dos países. El acuerdo proporcionará a la estabilidad tributaria a los residentes de la India y Uruguay, y facilitar la cooperación mutua económica así como estimular el flujo de inversión, tecnología y servicios entre los dos países, según un comunicado oficial.El acuerdo tiene por objeto asegurar que se evite la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el capital.
De acuerdo con los términos del acuerdo, los beneficios empresariales serán gravables en el país de origen si las actividades de una empresa constituyen un establecimiento permanente en ese país. Los beneficios de los proyectos de construcción, montaje o instalación serán gravados en el país de origen si el proyecto sigue en ese país durante más de seis meses, mientras que los beneficios obtenidos por una empresa de la explotación de buques o aeronaves en tráfico internacional pueden someterse a imposición en el el país de residencia de la empresa. Las ganancias de capital provenientes de la venta de las acciones estarán sujetas a impuestos en el país de origen y el crédito fiscal se dará en el país de residencia.
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